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03. Sectores / Madera y Corcho En el III CONVENIO ESTATAL DE LA MADERA con vigencia 2007-2011 se introdujeron importantes mejoras en su articulado, avances significativos que mejoran y aumentan los derechos de los trabajadores de estos sectores.
Entre ellos podemos destacar: En el Artículo 28. Jubilación parcial posibilita la jubilación del trabajador a partir de los 61 años a petición del mismo cumpliendo determinados requisitos. El Artículo 40. Clasificación profesional supone incluir en el Convenio la Clasificación Profesional del Sector firmada entre Patronal y Sindicatos el 1 de Febrero de 2007 que viene a adecuar el sector a la realidad actual en lo referente a profesiones y categorías. El Artículo 64. Reducción del absentismo viene a establecer una cantidad fija de 150 euros que los trabajadores percibirán en el mes de marzo del año siguiente, y en un único pago si cumplen determinadas condiciones respecto al índice de absentismo tanto individual como colectivo. |
Convenio Almacenes Asturias Convenio Carpintería, Ebanistería y Varios Asturias III Convenio Serrerías Asturias
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